ACTUALIDAD > Las empresas deben mantener una distancia de seguridad mínima de 1,5 m entre sus empleados bajo multa de hasta casi cincuenta mil euros.

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Las empresas deben mantener una distancia de seguridad mínima de 1,5 m entre sus empleados bajo multa de hasta casi cincuenta mil euros.

4  ·  8  ·  2020

El Gobierno ha aprobado en el último decreto económico una serie de medidas bajo vigilancia de la Inspección del Trabajo en las empresas, entre las que se encuentra una distancia de seguridad mínima entre los empleados de 1,5 metros.


Se trata de unas de las medidas en las que su incumplimiento es considerado como grave pudiéndose imponer multas de hasta 40.985 €.


Desde el Ministerio de Trabajo se indica que estas medidas de seguridad en las empresas y su Inspección “no siempre deriva en multa, ya que los funcionarios analizan cada situación e incluso en ocasiones se emite un requerimiento para que la empresa corrija su comportamiento en un plazo de tiempo en los casos menos graves y que no existe mala fe por parte de la empresa. Si la situación es merecedora de multa, estas tienen varios grados, y se concluirá cuál se aplica teniendo en cuenta las circunstancias de cada situación”.


Según el Ministerio de Trabajo estas serían las infracciones consideradas como graves en las medidas de seguridad que deben mantener las empresas frente al Covid:


— Ventilación, limpieza y desinfección adecuadasa las características e intensidad de uso de los centros de trabajo.


— Tener a disposición de los empleadosagua/jabón, o geles hidroalcohólicos/desinfectantes.


— Adaptar las condiciones de trabajo, incluida la ordenación de los puestos de trabajo y la organización de los turnos, así como el uso de los lugares comunes de forma que se garantice el mantenimiento de unadistancia de seguridad interpersonal mínima de 1,5 metrosentre los trabajadores. Cuando ello no sea posible, deberá proporcionarse a los trabajadores equipos de protección adecuados al nivel de riesgo.


— Medidas paraevitar la coincidencia masiva de personas, tanto trabajadores como clientes o usuarios.


Todas estas medidas están contempladas en el artículo 7 del real decreto del 9 de junio que reguló las condiciones de seguridad generalesfrente al Covid en las empresas.


Fuente: https://www.eldiario.es/economia/empresas-no-garanticen-distancia-seguridad-trabajadores-enfrentan-multas-40-985-euros_1_6089833.html 



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